Fiscal pide acelerar proceso de justicia contra un violento familiar

Cipolletti (ADN).- La fiscal general subrogante de Río Negro, Adriana Zaratiegui, expuso ante el Superior Tribunal de Justicia la necesidad de revocar la resolución que sobreseyó a un presunto golpeador –la víctima es su pareja- en la causa por el delito de desobediencia judicial. El individuo tendría otras tres conductas penales ilícitas.

“De la sola lectura de procesamiento del imputado por los delitos de violación de domicilio, lesiones leves y amenazas en concurso real se extrae la configuración de un lamentable caso de violencia familiar que requiere la debida y urgente atención por parte de todos y cada uno de los operadores del Estado”, sustentó Zaratiegui en un dictamen que emitió el 26 de junio.

Describió que siguiendo los antecedentes se extrae que imputado y víctima fueron pareja conviviente que, por consecuencia de la separación, devino un incremento de la violencia que motivó la orden judicial de prohibición de acercamiento a fin de evitar nuevos hechos de violencia (agresión física y verbal relacionada con la tenencia de su hijo en común.

No obstante, el imputado reincidió cuando habría ingresado por la ventana a la casa de la víctima y la habría agredido a la mujer física y verbalmente (excoriaciones en su cuello y amenaza de lesiones), lo que luego resultó confirmado por la propia versión del acusado al reconocer su ingreso al hogar de la víctima.

Zaratiegui señaló que no puede dejar de indicarse que ha quedado firme el procesamiento por los delitos de violación de domicilio, lesiones y amenazas, el 20 de septiembre de 2012, y siendo que el delito por el que se lo sobreseyó y ahora se recurre persigue una inmediata prevención especial de la conducta del acusado, en el marco de un caso de violencia familiar y de género, que necesita una urgente atención, en consonancia con la necesidad de respuestas judiciales oportunas que atiendan la misma, se observa la existencia de una paralización perjudicial a los intereses de la víctima y el Ministerio Público Fiscal.

Por eso, consideró que “en tanto que dicho retardamiento, por el tiempo que demanda la sustanciación y resolución del recurso de casación, irroga una cantidad de tiempo (nueve meses) que atenta contra el efecto práctico buscado mediante la denuncia y las actuaciones, especialmente si el agente fiscal ya había logrado el procesamiento por otras tres conductas penales ilícitas por las cuales tiene altas o verosímiles probabilidades de lograr una resolución condenatoria”.

Por tal motivo, solicitó al Superior Tribunal la inmediata fijación de audiencia y resolución definitiva de la causa, con el propósito de “no tornar iluso el derecho de la víctima”. (ADN)

 

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