Autorizan re-apertura de la silla cuádruple

Bariloche.- El Juez Martín Lozada autorizó la reapertura de la silla cuádruple del medio de elevación “Punta Nevada”, luego de que la empresa Catedral Alta Patagonia diera prueba de la instalación de un anemómetro en la torre 11 del medio del referido medio, capaz de medir la orientación y la fuerza de los vientos.

La empresa también cumplió con la condición impuesta por el magistrado, en cuanto contrató un meteorólogo que pueda interpretar y analizar la información obtenida por dicho anemómetro. Tal cosa, a criterio del Juez Lozada, “permitirá evitar la operación en condiciones meteorológicas similares o más severas que las reinantes al momento de producido el suceso que desencadenara las lesiones investigadas en autos”.

La fiscalía a cargo del Dr. Guillermo Lista consideró, al igual que el juez, que el cumplimiento por parte de la empresa de las condiciones impuestas permite disponer la re-apertura del medio de elevación.

Dicha medidas previas a la reapertura del medio le fueron sugeridas al magistrado por los miembros del equipo técnico que conformara para “analizar las condiciones actuales de operatividad del medio de elevación y, más precisamente, si aquél se encuentra en condiciones de ser reabierto al público”.

El referido equipo estuvo integrado por el Dr. Guillermo Pregliasco, becario del CONICET y miembro del Grupo de Física Forense del Centro Atómico Bariloche; el Ingeniero Hugo Brendstrup, gerente de Tecnología Industrial y Energías Alternativas de la firma INVAP; y los ingenieros del Ente Autárquico Municipal del Cerro Catedral, Enrique Vidal Rodriguez y Martín Rey.

Simultáneamente, el Juez Lozada investiga la causa de las lesiones sufridas por siete personas el pasado día 12 de julio en el medio de elevación indicado. Se trata de verificar si esas lesiones, tres de ellas graves, y otras sufridas por un menor de 13 años de edad, se debieron a una acción u omisión culposa de algún operario en particular.

Es decir, si a través de una acción u omisión se creó una situación de riesgo no permitido que haya incidido en el acaecimiento del suceso y en la producción de las lesiones.