Le chocaron el taxi y después de seis años le pagarían $5.197

Roca (ADN).- El automóvil que conducía un taxista fue embestido desde atrás hace poco más de seis años por otro rodado, pero recién este mes el caso fue resuelto por la Justicia roquense, que condenó a los causantes del accidente y a una empresa de seguros a pagar 5.197 pesos.

En la demanda se describió que el 1º de marzo 2007 un vehículo afectado como taxi, marca Chevrolet Corsa Classic, fue embestido por el conductor de un Fiat 147.

El primer rodado circulaba por la avenida San Juan en dirección Sur-Norte y entre calles Coronel Rohde e Isidro Lobos, quien manejaba paró al costado del asfalto para levantar pasajeros y tras hacerlo continuó la marcha en la misma dirección, siendo impactada la parte trasera del Chevrolet por la parte delantera del Fiat 147.

El perjudicado le atribuyó imprudencia al conductor por no respetar la velocidad máxima y ni mantener el pleno control del rodado.

El caso fue resuelto el 17 de este mes por los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca.

En primera instancia se hizo lugar parcialmente a la demanda promovida y se condenó a responsables del Fiat 147 y la compañía de seguros para pagar 1.560 pesos, con más intereses.

Se trata de una demanda de daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito, habiéndose encausado la misma en los términos del artículo 1113 del Código Civil, adjudicándose en la sentencia de primera instancia sólo un 30 por ciento de responsabilidad a la demandada y el 70 por ciento restante a quien conducía el vehículo del accionante por considerar que “hubo culpa de su parte y contribuido en mayor medida en la producción del evento dañoso”.

Para los jueces Gustavo Martínez y Adriana Mariani, el hecho incuestionable es el que el Fiat 147, con su parte delantera, impactó el taxi y entonces no hay forma para que descargue responsabilidad en el conductor de éste.

“No ha impactado el lateral del vehículo, sino de lleno el paragolpes trasero y, en consecuencia, sea que lo haya hecho sobre la carpeta asfáltica o sobre el lateral de ripio, la causa adecuada de la producción del siniestro es la conducta de quien manejaba el Fiat, sea por ir a exceso de velocidad, desatento o que por cualquiera otra razón no ha mantenido el dominio en la conducción del vehículo”., sostuvieron. (ADN)

 

Foto gentileza (Rocaportal)

 

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