Juzgado Federal de Roca, no Río Negro, examinará acción contra la ANSES

Roca (ADN).- Una jubilada promovió juicio sumario contra la ANSES y la provincia de Río Negro para que no le sigan efectuando descuentos por sumas no retributivas que sufre desde 1997, pero la Justicia rionegrina se declaró incompetente para entender la cuestión planteada.Por eso, dispuso devolver las actuaciones al Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca para que, en caso de no compartir tal criterio, eleve las actuaciones a consideración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Los trámites llegaron al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro por la remisión efectuada por el juez federal de Primera Instancia de General Roca que resolvió rechazar la demanda contra la ANSES y remitió a la Justicia rionegrina para que determine el Juzgado que deberá entender en lo referido al reclamo por la creación de sumas no remunerativas, su alcance y proyección sobre la clase pasiva.

En esta causa, se presentó una jubilada que promovió juicio sumario contra la ANSES, la provincia de Río Negro y la Unidad de Control Previsional ante el Juzgado Federal, con el objeto que cesen de inmediato y en el futuro de efectuar descuentos que se les practica a partir de enero de 1997 respecto de las denominadas sumas no retributivas a los haberes previsionales.

También demandó por la declaración de ilegalidad, arbitrariedad e inconstitucionalidad de la medida adoptada por la ANSES y la Unidad de Control Previsional y por la restitución de las sumas descontadas.

La contienda fue resuelta en el fuero federal que se declaró competente, teniendo por iniciado juicio contra el ANSES, la Unidad de Control Previsional y la provincia de Río Negro. Luego de los traslados de rigor y las contestaciones fue trabado el litigio. El proceso tramitó por las normas del proceso ordinario, según fuentes judiciales.

Después, el juez resolvió rechazar la demanda promovida contra la ANSES y remitió las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia a fin de que decida lo concerniente al Juzgado que entenderá en el caso, porque entendió que descartada la responsabilidad de la ANSES por el reintegro de las sumas no remunerativas de que se trata y ya efectuada la determinación interpretativa del convenio de transferencia -esto es, superada la persona y la materia que generaban el fuero federal- por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el resultante reclamo dirigido contra la provincia sólo puede corresponder a la legislación provincial y, en todo caso, al derecho común.

Se consideró que la cuestión relativa a la creación de esas sumas no remunerativas y su alcance y proyección sobre la clase pasiva provincial, corresponde al fuero local, pero en un dictamen de la procuradora general Liliana Piccinini consideró que no corresponde receptar las actuaciones en la jurisdicción local, debiendo rechazarse la remisión de las mismas efectuada por el Juzgado Federal de General Roca, devolviéndolas al origen. (ADN)

 

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