Gobierno de AW ofreció prestar servicio electoral a 12 municipios

Chichinales (ADN).- El Gobierno rionegrino ofreció a 12 municipios la prestación del servicio electoral provincial, cuando convoquen a comicios para la designación de autoridades locales correspondientes al 1 de septiembre y 27 de octubre de este año, en simultaneidad con las compulsas nacionales a llevarse a cabo en esa última fecha.De ese modo, el Ministerio de Gobierno tendrá “las más amplias facultades para coordinar la aplicación de las medidas necesarias que posibiliten la simultaneidad de las elecciones nacionales y municipales”, según lo establece el decreto 669, difundido ayer oficialmente.

Los municipios que recibirán prestación del servicio electoral son Chichinales, Coronel Belisle, Darwin,General Godoy, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Los Menucos, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona y Sierra Colorada, según constató ADN.

Se consignó que esos 12 municipios rionegrinos deben realizar este año elecciones de renovación de autoridades y se trata de jurisdicciones cuyas cartas orgánicas obligan a renovar parcial o totalmente sus autoridades comunales (Chichinales, Ingeniero Jacobacci y Maquinchao) y los lugares que aún se rigen por la Ley N N° 2.353, de Municipios, la cual establece la renovación parcial de los Concejos Deliberantes (Coronel Belisle, Darwin; General E. Godoy, Guardia Mitre, Los Menucos, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona y Sierra Colorada).

Desde el Gobierno se estimó procedente ofrecer el servicio electoral para los municipios que, convoquen sus elecciones para el 1º de setiembre y, por segunda vez, a los municipios que convoquen sus comicios en forma simultánea con las elecciones nacionales de diputados y senadores, de acuerdo a las previsiones del artículo 227 del Código Electoral y de Partidos Políticos, Ley O N° 2.431, con sujeción a la Ley Nacional N° 15.262 y al Código Electoral Nacional.

El Ministerio de Gobierno coordinará con el Tribunal Electoral Provincial y la Junta Electoral de la Nación la aplicación de las medidas necesarias para posibilitar la simultaneidad de las elecciones según el régimen de la Ley Nacional N° 15.262. (ADN)

 

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