CPE ratificó plan para reducir horas libres en escuelas secundarias

Viedma.- El Consejo Provincial de Educación aprobó el plan de implementación para reducir las horas libres. Durante la primera sesión que el organismo concretó ayer, con la presencia de la vocal representante de las madres y los padres aprobó, por resolución, la implementación del plan para la reducción de horas libres en escuelas secundarias.En la sesión, presidida por el ministro Marcelo Mango, participaron también los vocales gubernamentales, José Luis Martínez y Fernando López; el representante docente Orlando Solaro; el secretario de Educación, Aldo Spessot; y la secretaria general del CPE, Ebe Adarraga.

Entre las medidas aprobadas destacaron oficialmente la solicitud al Consejo de la Función Pública para la implementación del contralor médico, destinado a la supervisión de las licencias docentes, en el marco de la resolución N° 233/98.

La determinación de prioridad de la utilización de las horas cátedras del Plan de Mejora Institucional para dar cumplimiento a las propuestas pedagógicas establecidas en la resolución N° 1185/13.

Implementación de un trayecto de formación específica para los cargos de ejecución de la escuela secundaria en el marco del Programa de Formación Permanente de la Dirección de Educación Superior y Formación.

Convocatoria en cada institución educativa a los estudiantes, a través de los respectivos Centros de Estudiantes, a elaborar propuestas para incorporarlas al Proyecto Educativo Institucional.

La determinación para que los docentes de Educación Media que se encuentren en cambio de tareas (artículos 6°, 7°, 8° de la resolución 233/98) sean reubicados, según prescripción médica, en los establecimientos secundarios a fin de colaborar y apoyar en tareas pedagógico-administrativas en función de dar cumplimiento a la resolución N° 1185/13.

Se establece que la licencia sin goce de haberes del artículo 21 de la resolución N° 233/98 podrá usufructuarse en fracciones no menores a quince días hábiles.

La licencia de capacitación establecida en el artículo 25 de la resolución N° 233/98 sólo podrá ser autorizada si el curso cuenta con declaración de interés del Consejo Provincial de Educación y que el cálculo del 15% de la planta establecido en el inciso «e» de dicho artículo debe realizarse considerando el total de los docentes de cada turno, que cumplen funciones el día o los días de la capacitación para que se solicita autorización.

Además, la resolución determina que cuando las capacitaciones involucren varios días, el cálculo se realizará sobre el día y turno en que mayor número de docentes de cada turno deban asistir al establecimiento; se establece que para la cobertura de cargos u horas de nivel medio, las Supervisiones realizarán por lo menos tres asambleas semanales; que los establecimientos educativos remitan a las unidades de gestión de cada Consejo Escolar la planilla de información semanal que obra de anexo en la resolución y se establece la evaluación periódica de la implementación de la resolución 1185/13, mediante una comisión integrada por los Consejeros Escolares y la UnTer, que será coordinada por la Secretaría de Educación.

Se informó, finalmente, que esa normativa se realiza teniendo en cuenta la Nueva Ley Orgánica de Educación -N° 4819- que en el artículo 10, inciso «o», determina «garantizar la obligatoriedad de la educación desde la sala de 4 años del Nivel Inicial hasta la finalización de la educación secundaria»; y en el artículo 16 establece que «en el ciclo lectivo, en todos los niveles, tiene una duración mínima de 190 días hábiles de clases y su equivalencia a horas cátedra». Además, la obligatoriedad se constituye en un instrumento para garantizar el derecho social y bien público de la educación.

Consejo Provincial de Educación