Sigue la polémica por la transferencia del Cerro Catedral

Bariloche (ADN).- La empresa Catedral Alta Patagonia SA planteó ante la Justicia incertidumbre acerca del acatamiento por parte de la Municipalidad de Bariloche y de la provincia de Río Negro del contrato de adecuación del convenio de concesión. Y un Tribunal viedmense no hizo lugar a una acción expuesta por el municipio andino.En un expediente judicial emitido el 25 de marzo se expuso que Catedral promovió acción declarativa de certeza contra la Municipalidad de Bariloche y la provincia de Río Negro para que “se despeje el estado de incertidumbre que entiende la agravia, como consecuencia de la publicación en el boletín oficial Nº 4797 del acta acuerdo de transferencia del Cerro Catedral celebrado por las demandadas”.

Se mencionó que Catedral “dice tener incertidumbre acerca del acatamiento por parte de estas últimas del contrato de adecuación del contrato de concesión del Cerro Catedral”, pretendiendo que se dicte sentencia declarando que la transferencia del contrato del Cerro Catedral desde la provincia de Río Negro a la Municipalidad de Bariloche “no puede verse perfeccionada sin que su parte acepte dicha transferencia”.

Por su parte, la Municipalidad demandada interpuso, a través de apoderado, excepciones y solicitó la suspensión del trámite con pronto despacho.

Además de poner de manifiesto que no consiente la competencia del Tribunal (integrado por los jueces viedmenses Gustavo Azpeitía, María Ignazi y Errnesto Rodríguez), el municipio barilochense planteó excepción de defecto legal y solicitó que hasta tanto se resuelva la misma se suspenda el plazo para contestar la demanda.

En fundamento de la excepción planteada, el municipio adujo que en la demanda se solicitan “cuestiones contradictorias”, ya que por un lado se reclama que se despeje el estado de incertidumbre que supuestamente le ocasiona la transferencia del Cerro Catedral al municipio y, por otro lado, se demanda que se deje sin efecto dicha transferencia y se declare la nulidad del acta acuerdo”.

Agregó que es contradictorio, porque “si existiera incertidumbre en cuanto a la transferencia del contrato de concesión no puede al mismo tiempo peticionarse la nulidad de dicho traspaso” y opinó que “no se sabe con exactitud cuál es el objeto del reclamo y a qué cifra debe atenerse para el ofrecimiento de prueba, así como para realizar la contestación y refutación pertinente de la demanda”.

El municipio consideró que el sellado abonado por Catedral ($62,50) no satisface la exigencia contenida en la normativa por cuanto debió pagar $2.737.530, ya que el monto del contrato de concesión tiene un valor de $136.875.000 y el acta acuerdo, consecuentemente, tiene un monto claro que es el valor de aquel contrato.

Aclaró finalmente que “no hay incertidumbre en cuanto a la transferencia de la concesión sino respecto a si puede serle oponible dicha transferencia”. (ADN)

 

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