Proponen confirmar condena por exhibiciones obscenas a menor

Cipolletti (ADN).- La Defensoría General del Poder Judicial de Río Negro consideró que debe confirmarse el fallo de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti que condenó a un sujeto por el delito de exhibiciones obscenas a una menor de 13 años.En un dictamen difundido ayer, la Defensoría General sustentó que “la sentencia emitida debe ser confirmada en función de que resulta una derivación razonada del derecho vigente, conforme las constancias de la causa, en el marco de un debido proceso”.

La defensora general María Custet Llambí reiteró que “resulta obligación fundamental de los jueces y funcionarios investigar y sancionar los delitos de violencia sexual cuyas víctimas sean menores de edad”.

Lo expuesto por la defensa del condenado en cuanto a que la niña, casi adolescente, accedió de manera voluntaria a las exhibiciones obscenas imputadas a la recurrente, es absolutamente inconsistente, remarcó la funcionaria judicial.

Agregó: “No ha existido voluntad alguna, tal como lo sostiene la sentencia y lo fundamenta la Fiscalía General en su dictamen, en virtud del vicio de la misma generado por el adulto, quien engañó a la victima acerca de su edad y otras circunstancias, incidiendo en su libertad de elección”.

“No puedo dejar de advertir que obra en el informe pericial detalles sobre la sexualidad de la niña víctima que lesionan flagrantemente el derecho a la intimidad. Ello por cuanto entiendo que dichas expresiones son lesivas de la dignidad y del pudor de la niña. A su vez, considero que las mismas resultan innecesarias a los fines probatorios, por cuanto bastaba que la profesional interviniente se remitiera a señalar sí el hecho acaecido poseía capacidad corruptora considerando la madurez sexual de la víctima, evitándose todo detalle lesivo”, señaló Custet Llambí.

Recordó que “es reconocido internacionalmente que la ingerencia en la vida privada del niño víctima o testigo de delitos debe limitarse al mínimo necesario, manteniéndose al mismo tiempo normas exigentes en la reunión de las pruebas a fin de garantizar un resultado justo y equitativo del proceso de justicia. Con el fin de evitar al niño mayores sufrimientos, las entrevistas, exámenes y demás tipos de investigación deberán ser realizados por profesionales capacitados que actúen con tacto, respeto y rigor”.

El dictamen 06/13 no especifica la causa, identidad del sentenciado ni los años que constituyen la pena. (ADN)

 

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