Jueces del STJ llamaron la atención a magistrado de Bariloche

Bariloche (ADN).- Jueces del Superior Tribunal de Justicia efectuaron un llamado de atención al titular de un Juzgado Civil y Comercial de Bariloche porque ordenó la remisión del expediente a un Tribunal incompetente respecto al tratamiento del recurso que presentó una afiliada del IPROSS, en representación de su hija, de seis años, ambas celíacas, para que les cubra un tratamiento.Las actuaciones llegaron al Superior Tribunal, en virtud del recurso de apelación presentado por el apoderado de la Fiscalía de Estado, Roberto Stella, contra la sentencia dictada por el titular del Juzgado de Civil y Comercial Nº 1 de Bariloche, que hizo lugar parcialmente a la acción intentada, intimando al IPROSS, para que otorgue órdenes de análisis sin recurrir al sistema de reintegros u otros mecanismos que impliquen que la afiliada deba afrontar el costo de los mismos en forma previa

Además, el Tribunal dispuso dar inmediata intervención a los Ministerios de Salud y de Desarrollo Social de Río Negro a fin de prestar asistencia alimentaria a la mujer y su hija menor.

La afiliada, en representación de su hija, interpuso acción de amparo contra el IPROSS, con el objeto que le cubra la alimentación correspondiente a enfermedad y los análisis que deben realizarse periódicamente para el tratamiento de tal patología.

Por su parte, el juez del amparo consideró que “no existe por parte de IPROSS arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, respecto a la provisión de harinas o premezclas libres de gluten”.

Desde la Fiscalía se entendió que el pronunciamiento del Tribunal, al hacer lugar en forma parcial al amparo, resulta contrario a las leyes 3772 (asistencia integral de las personas celíacas) y Ley K 2753 (funcionamiento del IPROSS), porque la primera no determina la cobertura a los afiliados “con los efectos y alcances del 100 x 100” y la segunda autoriza a establecer la forma y modalidad en que se brindan las prestaciones a los afiliados y el cobro del denominado “coseguro”.

Luego de varias consideraciones, el juez del STJ Sergio Barotto propuso rechazar el recurso de apelación intentado y propició efectivizar un llamado de atención al juez firmante de la providencia de elevación, en tanto “ordena la remisión del expediente a un Tribunal incompetente respecto al tratamiento del recurso a que alude la presentación…”. (ADN)

 

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