Piccinini: Se deben respetar plazos y procedimiento para elegir reemplazante de Sodero

Viedma (ADN).- La Legisladora Ana Piccinini (FpV) dijo que la elección del nuevo juez que reemplace a Víctor Sodero Nievas en el STJ, debe hacerse “por el Consejo de la Magistratura respetando cada uno de los plazos y procedimientos impuestos por la Constitución y la Ley”.

La parlamentaria manifestó que nuestra Constitución Provincial establece en su art.204, con claridad meridiana la forma de designación de los miembros de STJ de la Provincia.

“En dicho art. esa designación la pone el Convencional Constituyente, en cabeza del Consejo de la Magistratura. Ese Consejo se conoce vulgarmente como el “Consejo Grande”, porque es el que designa a las más altas autoridades del Poder Judicial. Miembros de STJ y Procurador General o Jefe Máximo de los Ministerios Públicos”, expresó.

Recordó que “el Gobernador preside este Consejo, puede proponer candidatos, como así también los pueden promover los restantes integrantes del cuerpo colegiado, con una suma de consenso que debe alcanzar avales como  mínimo de un 25% de  los miembros”.

“Queda claro entonces que los jueces superiores, no son elegidos por el gobernador”, advirtió.

“Tampoco está reservado a su libre albedrío convocar al Consejo discrecionalmente”, aclaró.

Dijo que “el Gobernador tiene un plazo acotado, perentorio para poner en marcha el mecanismo constitucional y legal para reemplazar al Dr. Victor Sodero Nievas”.

Este plazo que se debe respetar, reiteró Ana Piccinini, es imperativo. La Ley 2434  dice: “ art.9: El gobernador en carácter de presidente del Consejo normado por el art.204 de la C.P. debe, dentro del plazo de 30 dias corridos desde que se hubiera producido la vacante convocar al organismo que el preside.

”Tiene entonces un procedimiento perfectamente regulado en la Ley 2434 que reglamenta el art.204 de la C.P, que tiene el deber de poner en marcha. Plazo imperativo no declarativo, no discrecional, no sujeto a ningún tipo de interpretación de ninguna naturaleza. Al que debe ajustarse sin otra ponderación que suplir la vacante”, comentó.

Recordó que el juez saliente se retiró del Poder Judicial el 1 de Febrero del 2013, por lo tanto el plazo de convocatoria al Consejo tiene como límite el 2 de Marzo de 2013.

La Legisladora, además hace votos, para que en esta oportunidad se cumpla con todo el procedimiento que instaura la Legislación vigente (Principio de Legalidad), desde los requisitos constitucionales exigidos para desempeñar este cargo como lo establece claramente el art. 203 de la C.P. en sus cuatro incisos, todos igualmente exigibles a cada uno de los candidatos, para que puedan aspirar a la competencia por el cargo.

Como así también pidió que “se respete todo el procedimiento enunciado en el art.9 de la Ley 2434. Cada candidato deberá contar con el 25% de adhesiones como mínimo, a excepción del propuesto por el presidente. Amplia difusión de los nombres de los candidatos al cargo y sus antecedentes curriculares, consultas públicas a la ciudadanía quien tiene derecho a expresarse” (ADN).