Uno a uno, los motivos de la revocatoria de Goye

Bariloche (ADN).– Los concejales que promovieron el inicio del proceso de revocatoria de mandato del intendente Omar Goye esgrimieron siete causales motivo de revocatoria encontrando tres de los cinco motivos que incluye la Carta Orgánica Municipal: ineptitud, negligencia e irregularidad en el desempeño de sus funciones.

Primera causal señalada en el proyecto es por “ineptitud” y el motivo “recurrentes ausencias por viajes”.

“De doscientos cuarenta y dos días (242) hábiles del año 2012, permaneció mas de  noventa días (90) días ausente de la ciudad, gran parte de ellos en la Ciudad de Buenos Aires, generando un gasto superior a los pesos setenta y cinco mil ($75.000) en viáticos. Mas allá de la oportunidad de tales viajes –de cuyos resultados y mérito el Sr. Intendente no ha dado publicidad ni a este Concejo ni a la Comunidad- debe estarse a que tal lejanía de su lugar habitual de trabajo impacta directamente sobre la regular administración del Municipio y, en su caso, denota una reprochable concentración de la gestión sobre la figura del Sr. Intendente”, argumentan en el proyecto.

Los ediles relatan cada viaje y enfatizan que lo menos en tres oportunidades, el Intendente  “se ausentó más de 5 días de la ciudad, sin  la debida autorización del Concejo Municipal” por lo cual infringe el artículo 50º de la Carta Orgánica Municipal que cual establece que no podrá ausentarse del Municipio por más de cinco días, sin previa autorización del Concejo y agrega que en caso de ausencia temporaria o suspensión del Intendente, las funciones de su cargo serán desempeñadas por el Presidente del Concejo Municipal.

“Todo esto describe una faceta de la gestión del Sr. Intendente que narra la ineptitud con la cual ejerce su función”, enfatizan.

La segunda causal habla de “irregularidad en el desempeño de sus funciones. Motivo: Irregularidad en la disposición de fondos (manejo de caja chica municipal)”.

La tercer causal menciona “negligencia para la consecución de recursos propios del Municipio” y señala que el intendente “no cumplió con lo establecido por la Ordenanza 901-CM-98, la cual reglamenta la contratación de la explotación comercial de la publicidad en la vía pública, por lo cual el Municipio ha perdido la oportunidad de recaudar fondos genuinos implicando esto una merma en los ingresos municipales respecto de años anteriores”.

Resaltan en este punto la polémica publicidad callejera de la firma Outdoors Media S.R.L que presuntamente había sido suspendida “pero no se realiza ningún acto administrativo (resolución) de desvinculación formal, como determina la normativa, ni se realiza el correspondiente control por la continuidad de la publicidad”.

En la cuarta causal apuntan a la “irregularidad en el desempeño de funciones. Posible comisión de delito de acción pública. Motivo: Irregularidad en los pagos a funcionarios” y recuerda el pago retroactivo de los sueldos de más de 20 funcionarios políticos que asumieron el 29 de diciembre y se les pagó desde el 12 de diciembre del 2011.

“ Esta irregularidad fue observada por el concejo municipal, por medio de un pedido de informe el día 9 de febrero de 2012,  puesto que incurría sobre la legalidad del gasto y de la gestión financiera y patrimonial de la Municipalidad, haciéndose notar en este punto que deberá remitirse copia de esta Resolución a la justicia penal provincial a los fines de evaluar la comisión de un delito de acción pública tipificado en el art. 261 del Código Penal (peculado)”, señalan.

En tanto la quinta causal también por irregularidad en el desempeño de funciones, esgrime motivos “irregularidades en las Contrataciones del estado Municipal” por el contrato de inmuebles de manera directa sin licitación pública.

Suma la sexta causal por irregularidad en el desempeño de funciones la “falta de Transparencia” por la restricción a la prensa para acceder a resoluciones municipales y las acciones judiciales efectuadas contra algunos medios de comunicación por parte del Intendente Municipal que “ocasionaron, también, una restricción seria al derecho a la libertad de prensa y al derecho a la libertad de expresión que fueron receptadas negativamente por la comunidad”.

Finalmente la séptima causal por “ineptitud en la administración del Estado Municipal” y señala una serie de cuestiones como el incremento de la planta de empleados, mayor valor de viáticos y movilidad, mayores valores por compras directas e incapacidad de formular equipos de gestión”

“Algunas aristas de la gestión del Sr. Intendente demuestran de manera flagrante su falta de aptitud para la resolución de la administración de la cosa pública, evidenciándose esto en indicadores y datos duros que describen una suerte de precipicio institucional al que ha sido conducido el Municipio en su gestión”, concluyen.

En este mismo punto se incorporan los hechos ocurridos el 20 diciembre, donde le cuestionan que teniendo información no realizó acciones para evitarlo o contener la situación, además de cuestionarle haber estado ausente de la ciudad, entre otras cuestiones. (ADN)