Rige nuevo sistema de cobro de honorarios para abogados del Estado

Viedma (ADN).– El fiscal de Estado de Río Negro, Pablo Bergonzi, aprobó el régimen general de percepción y distribución de honorarios judiciales para los abogados del Estado provincial. La resolución 153, que trata una cuestión de permanentes y contrapuestas opiniones, rige a partir de hoy y abarca a los honorarios a favor de letrados que representen, patrocinen o sustituyan a la Fiscalía de Estado.

Hasta ahora, cuando ese organismo estatal actúa por la parte demandada o tercera citada a juicio y en el supuesto de costas a cargo de la contraria, el 50 por ciento se distribuye entre el personal de ese organismo que cumple funciones bajo directa dependencia del fiscal de Estado.

Según fuentes oficiales, ahora se estableció un régimen diferencial cuando los abogados del Estado actúan como parte y se pretende “la necesidad de reglamentar la participación en la percepción y distribución de emolumentos”.

“Se establecen los mecanismos necesarios para garantizar en todos los ámbitos el cumplimiento de la Ley de Ética Pública y se incorporan nuevas normas de transparencia y ética al régimen”, fundamentó Bergonzi en su resolución, aludiendo a la inevitable bancarización del sistema y la fijación de límites o nuevos topes en relación al régimen vigente anteriormente.

La resolución emitida por Bengonzi el 29 de octubre del año pasado, pero vigente oficialmente a partir de hoy, crea además el fondo de equipamiento y capacitación en ámbito de la Fiscalía de Estado, con el objetivo de mejorar los recursos tecnológicos y técnicos disponibles y de formación del personal.

No obstante, ese fondo tiene carácter extrapresupuestario y fuera del patrimonio provincial y, según Bergonzi, debe ser administrado con “la mayor transparencia”, por lo que funcionará a través de una cuenta especial.

La resolución tomó como antecedente el régimen  de distribución de honorarios de la Procuración del Tesoro de la Nación, vigente desde el año 2000, que es base de regímenes de percepción y distribución de honorarios de otros servicios jurídicos.- (ADN)