Reflexiones acerca de la municipalización de Las Grutas ● Giannina Olivieri

Hoy San Antonio Oeste y Las Grutas, junto al Puerto de San Antonio Este, forman un único municipio, algo obvio y conocido por todos. Algo también obvio es que ello se encuentra a tono con las corrientes actuales, y cada vez más creciente, donde en el mundo entero se propicia la regionalización, pues los estados, y las comunidades en general, buscan uniones a los fines de mejorar sus condiciones o de mejorar su posicionamiento frente al resto.

 

Estas regionalizaciones son de distintos tipos y las hay para todos los gustos: MERCOSUR, UNASUR, ALCA, Unión Europea, Liga de Estados Árabes, por mencionar algunos. También existen uniones de pequeñas regiones dentro de un mismo estado. En general tienen un propósito principal: la optimización de recursos, el intercambio o libre comercio y la creación de órganos supraestatales, renunciando a favor de ellos competencias locales.

 

Pero cuando la tendencia moderna de los últimos 50 años es la regionalización, nuestra localidad busca la fragmentación creando nuevos municipios, conllevando ello, necesariamente, la pérdida de recursos y la generación de nuevos gastos (así habrá otro intendente, concejales, revisores de cuentas, funcionarios políticos, inspectores, personal administrativo y también la adquisición de maquinarias, contratación de servicios en general y más, pues todo será por duplicado) ¿o funcionará con cuatro funcionarios estables en Las Grutas y una pequeña planta administrativa y seguiremos compartiendo todos los bienes, funcionarios y agentes que trabajan desde San Antonio Oeste?. Esto no se condice con una sociedad contribuyente que  busca la mayor prestación de servicios  con los menores costos, y que es así en todos los aspectos económicos, no solo a los fines tributarios. Quienes propician la municipalización ¿habrán divulgado que es necesario todo este personal?, o simplemente no hicieron la cuenta para llegar a la anhelada meta, sin pensarlo demasiado.

 

Adentrándonos en la cuestión específicamente normativa, y a la que me quiero referir más detenidamente,  no se puede dejar de mencionar que este movimiento municipalizador transita la indiferencia hacia las normas que nos rigen, pues se encuentran fervientemente avocados a violar las disposiciones dela CartaOrgánicaMunicipal sancionada hace pocos meses, pues pretenden la municipalización a costa de no reconocer los preceptos jurídicos que rigen la vida institucional de nuestra comunidad, de la que son parte, pues no se encuentran fuera del estado ni tampoco han propuesto que en caso de segregarse existirían diferencias institucionales o de administración.

 

Pero, llegando al punto específico del análisis normativo, reitero, la municipalización tal como se pretende, mediante la lisa y llana aplicación de la ley provincial (la actual o una que dictasen a su medida, lo que nunca es bueno, pues la ley debe ser general, y no tener nombre y apellido, en este caso el de una comunidad) tacha de inconstitucionalidad todo el proceso, por cuanto la ley provincial establece que para la segregación, una vez iniciado el trámite, se debe convocar a referendum para que los electores convocados decidan al respecto, debiendo obtener al menos el 66% de los votos válidos emitidos por el 80% del padrón electoral. Además la legislatura antes deberá requerir la opinión del Municipio, esto es del Municipio de San Antonio Oeste, es más la ley dice claramente “deberá tomar nota” y, en una interpretación poco forzada, ello significa que debe tener en cuenta esa opinión y no que pase como un trámite más. Aquí llegamos a los preceptos de nuestra Carta Orgánica Municipal, por ahora la de Las Grutas también, que es la que marca el procedimiento a seguir para que el municipio opine. Así claramente especifica que únicamente podrán propiciarse o erigirse nuevos municipios con el consentimiento expreso del pueblo de San Antonio Oeste otorgado mediante referendum obligatorio y vinculante. La decisión vertida por el pueblo de esa forma deberá ser respetada por el Municipio para brindar la opinión que requiere la ley.

Con esto quedan algunas cuestiones claras y que el movimiento municipalizador no ha tomado en cuenta:la Municipalidad, como gobierno de todos, de ellos también, debe expedirse y para ello debe escuchar a todos los ciudadanos, no solo a un sector, pues al Municipio lo integran tres asentamientos poblacionales.

 

Esto no puede ser pasado por alto, pues la propia Constitución Provincial establece la supremacía de la legislación municipal por sobre la provincial en materias eminentemente comunales, en el caso la segregación, pues refiere y afecta únicamente intereses municipales.

 

La Constituciónva más allá aún y se refiere a la autonomía municipal, que es justamente la posibilidad de dictarse normas, siendo su máxima expresiónla CartaOrgánica, norma fundamental, por lo quela Legislaturay el Ejecutivo provincial mal pueden pretender violar todas las normas forzando una municipalización no ajustada a la normativa que resulta de aplicación específica.

 

Seguramente, ante la necesaria aplicación dela CartaOrgánicase pretenderá responder quela Constitución Provincialestablece que en caso de segregación deben votar quienes se segregan. Ello es cierto, pero ello de forma alguna invalida el referendum en el que deben votar todos los ciudadanos de los tres asentamientos, así como tampoco invalida que en el referendum previsto por la ley yla Constituciónprovincial votasen todos, pues la primera habla de electores convocados, sin especificar a quién se debe convocar, yla Constituciónestablece que deben votar los segregados, sin establecer que no pueden votar los restantes ciudadanos del Municipio.

 

Por lo que correspondería, que antes de continuar con un proceso segregacionista, se convoque a todo el pueblo del Municipio de San Antonio Oeste a un referéndum para que se exprese.

 

Finalmente estimo propicio realizar una pregunta para reflexionar: ¿cuál es el fundamento de crear un nuevo municipio? Siempre se respondió a  ello con el simplismo de “elegir sus propias autoridades”, como si hoy no pudieran votar,  y votar es elegir a sus autoridades justamente, y así eligen hoy un intendente, siete concejales y tres revisores de cuentas que los representan (que en muchos casos viven en Las Grutas), por lo que reitero: ¿cuál es el fundamento  de crear un nuevo municipio?.

 

Giannina Olivieri

Abogada

Ex – Convencional Constituyente de San Antonio Oeste

Asesora Legal Municipalidad de San Antonio Oeste