Defensor pidió la absolución de Freydoz


Roca (ADN).- El abogado defensor Alberto Richieri solicitó a la Cámara Primera del Crimen de General Roca la absolución de la única imputada por el homicidio del extinto gobernador rionegrino Carlos Soria, su viuda Susana Freydoz.  El pedido se contrapone al realizado por la fiscal Laura Pérez, quien solicitó la condena de prisión perpetua de la acusada. La sentencia se conocerá el martes 20 de noviembre a las 18 informaron los jueces al término de los alegatos.

Además de solicitar la absolución de su defendida el abogado defensor pidió a los jueces que conforman la cámara que en el caso de definirse por una sentencia condenatoria, contemplaran las figuras de homicidio agravado por el vínculo atenuado por emoción violenta y la de homicidio culposo, que tienen penas que van desde los 10 a los 25 años; y desde los 2 a los 5 años, respectivamente.

Richieri fundamentó su petición en el marco de los «principios de la primacia de las normas constitucionales» y «en el principio de proporcionalidad».

El letrado defensor sostuvo haciendo referencia a las pericias de parte que realizó el psiquiatra Carlos Cornaglia, que la acusada se encontraba en un estado de alteración mental que no le permitía comprender, ni dirigir sus acciones al momento del hecho, cuestión por la que interpretó la acusada podría ser considerada inimputable. Aludió también a los estudios del perito oficial Ricardo Risso, quien consideró que Freydoz podría haber actuado en un estado de emoción violenta al momento de disparar contra su esposo.

 

Richieti también cargó contra el personal del gabinete de Criminalística de la Policía rionegrina que realizó el análisis de la escena del crimen en el dormitorio matrimonial de la chacra, ya que a su entender alteraron y degradaron manchas de sangre en la escena y en el arma que podrían haber aportados datos significativos para el caso.

 

Además apuntó contra los médicos forenses que realizaron la autopsia del dirigente roquense, ya que a su entender actuaron con impericia, contribuyendo según sus palabras a la elaboración de un «desastre probatorio» y anticipó que pedirá a la Justicia que se investigue su desempeño en la causa e incluso deslizó la posibilidad de constituirse como querellante.

 

El letrado aseguró que los forenses determinaron que la causa de la muerte fue el daño destructivo y hemorrágico que la bala le produjo en el rostro, cerebro y cráneo a Soria, descartando otras posibilidades como la asfixia y cuestionó que no se hayan ordenado estudios histopatológicos sobre los pulmones y el cerebro de Soria para desechar o afirmar la existencia de otras «concausas» del fallecimiento.

 

Además criticó el accionar del médico y el enfermero que llegaron a la chacra de la familia y brindaron la primera asistencia médica al moribundo Soria, cuya atención consideró no fue eficiente, ni calificada.

 

Respecto a la distancia del disparo apuntó a que su entender se trató de un disparo a quemarropa o con apoyo firme, que se habría dado en el marco de un intento de suicidio de Freydoz y que terminó accidentalmente con un disparo que impacto en el rostro de Soria, como sostuvo el perito de parte Delfín Delgado, yendo a contramano de las valoraciones que realizaron médicos forenses que revisaron el cuerpo y los estudios de los peritos que intervinieron en la causa, que consideraron que se había tratado de un disparo efectuado desde una distancia mayor a los 70 centímetros.

 

El letrado también se apoyó en los estudios psiquiátricos que realizó uno de los peritos de parte que determinó que al momento del hecho la mujer se encontraba en medio de un delirio por celos y que no pudo comprender la criminalidad de sus actos, ni tampoco dirigir sus acciones, por lo que insistió con la inimputabilidad de la mujer. También apeló al consumo de psicofármacos, alcohol y cafeína que podrían haber motivado la situación de delirio que refirió el perito de la defensa.

 

El letrado patrocinante además cuestionó la reconstrucción de la escena del crimen y del momento del disparo que efectuaron especialistas del Centro de Investigación Forense de Salta que ubicaron a Freydoz disparando desde los pies de la cama matrimonial contra un Soria acostado que no manifestó signos o reflejos defensivos. De acuerdo a la interpretación de Richieri el hecho habría ocurrido en medio de una discusión del matrimonio en la habitación, en la que Freydoz volvió a manifestar el deseo de acabar con su vida, situación que accidentalmente derivó en un disparó accidental que hirió de gravedad a Soria.

 

El tema del arma y su difícil maniobrabilidad fue abordado por Richieri, recordó que es un arma que pesa cerca de un kilo, que tiene más de 80 años y señaló que si bien Freydoz había tomado el revólver S&W calibre 38 en varias oportunidades «no era una tiradora experta». «No existió eso de que Susana Freydoz apuntó, amartilló y disparó contra Soria», enfatizó el defensor.

 

Al cierre de los alegatos el presidente de la Cámara Primera, Carlos Gauna Kroeger, la interrogó a Freydoz para conocer si había cambiado de opinión respecto a su decisión de no declarar en el juicio y si deseaba hacerlo, ante lo cual la acusada indicó que no iba a brindar testimonio, tras lo cual se cerró formalmente el período de audiencias y se anunció la lectura de la sentencia para el martes 20 de noviembre a las 18.