Prosperaron dos recursos de amparo ante la Justicia provincial

Bariloche/Catriel (ADN).- Dos recursos de amparo que presentaron otras tantas mujeres ante difíciles situaciones de salud de sus familiares, fueron receptados favorablemente por la Justicia rionegrina y, finalmente, los requerimientos quedaron resueltos.Uno de los recursos de apelación fue presentado por la deensora de Menores e Incapaces Ana Fernández Irungaray contra la sentencia dictada por la. jueza de Familia Marcela Trillini, quien rechazó el recurso de amparo interpuesto por la señora María B. con la finalidad que se otorgue cobertura social a su hijo, que padece un grado de discapacidad profunda y progresiva, con graves secuelas neurológicas, a raíz de un accidente ocurrido en julio de 2008.

La jueza consideró que la situación fue abordada por otras vías y se ha dispuesto la atención que el paciente requiere.

Por su parte, la apelante sostuvo que la amparista reclamó la inclusión de su hijo en su obra social Swiss Medical a fin de recibir los tratamientos de rehabilitación necesarios. Puntualizó que el joven ha sido declarado incapaz por demencia y que se han realizado pericias médicas de las que surge que se encuentra en estado cercano al vegetativo persistente, requiriendo atención fisiátrica, rehabilitación y atención médica.

La madre del joven es mucama de un sanatorio barilochense y, actualmente, cuenta con pocos recursos económicos.

Se enfatizó que “Diego tiene derecho a ser incluido en la obra social de su madre (Swiss Medical), quien ha sido designada curadora definitiva y es la que puede optar por lo que considere mejor para la asistencia de su hijo”.

Un reciente dictamen de la Procuración General expuso que se debe hacer lugar a la apelación interpuesta por la defensora de Menores e Incapaces, revocando el resolutorio dictado por el Juzgado de Familia Nº 9 de Bariloche y ordenando a la empresa de salud Swiss Medical que incorpore a Diego como integrante del grupo familiar primario de la afiliada de María B. para brindarle la cobertura integral.

En el expediente se consigna que un gestor de Swiss Medical SA expresó que la empresa nunca ha sido parte demandada en estas actuaciones, habiendo tan solo contestado unos pedidos de informe y destaca que Diego A. no es afiliado a Swiss Medical SA.

Además, se confirmó que la madre y el hijo son afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente, desde abril de este año. Remitidas nuevamente las actuaciones a la Procuración General, se expresó desde ese ámbito que “los nuevos informes agregados son fruto de distintas medidas para mejor proveer, cuando el Tribunal tan solo debía expedirse respecto al fallo venido en recurso, resultando de ello que innecesariamente se ha ordinarizado el amparo”.

A su turno, el Superior Tribunal explicó que ha quedado confirmado por la apoderada de la Obra Social para la Actividad Docente y la ANSES la circunstancia que desde abril de 2012 la madre y su hijo Diego se encuentran afiliados a dicha obra social OSPLAD y, por eso, consideró que quedó abstracta de la cuestión inicialmente planteada.

En el otro caso, vinculado con la provisión de una prótesis para una paciente, se mencionó que el Ministerio de Salud no ha obstaculizado la atención de la misma, que ha tenido una conducta diligente, tratando infructuosamente de adquirir la prótesis solicitada desde agosto de 2011.

Hasta la fecha quedaron desiertos tres procesos de contratación directa y está en desarrollo un cuarto llamado, que se encuentra en la etapa de reserva presupuestaria luego de lograr ampliar el precio estimado de contratación.

Marissa Palacios, defensora de Pobres y Ausentes, indicó que no existe una crítica concreta y razonada del fallo recurrido y que respecto a las 72 horas. dado en la sentencia, “no cabe dilatar más las demoras incurridas en el tratamiento de la paciente, dada la urgencia de la situación”.

En el expediente se consignó que el 10 de septiembre de 2012, y acorde a lo solicitado por un juez, se interrumpieron los plazos para fallar y como medida para mejor proveer se requirió al Ministerio de Salud de Río Negro y a los hospitales de Catriel y Cipolletti que informen si en el marco del expediente 66398-S11 se ha efectuado la entrega a la paciente Rosa Irma V. de los elementos médicos necesarios y si se ha procedido a la cirugía respectiva.

Del resultado de la medida, surgió que efectivamente, tal como indicó el secretario de Salud de la provincia, el 6 de septiembre de 2012 ha sido intervenida la paciente en el hospital de Cipolletti. (ADN)

 

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