Hay periodo de tres días de impugnación, antes de la adjudicación del parador de la isla 92

Choele Choel.- El pasado viernes 28 de septiembre se procedió a la apertura pública de los sobres de ofertas por el parador de la isla 92. En tanto que el día lunes 1 de octubre la comisión evaluadora reviso toda la documentación y constato que tres propuestas quedaron en condiciones de ser evaluadas. La comisión, integrada por el presidente de la contraloría municipal Carlos Atilio López, el presidente del Concejo Daniel Castro Ares y los concejales Ester Montobbio, Beatriz Suarez, Alejandro Feky y Sergio Salusoglia en representación de Dingerman Trincheri, luego de revisar la documentación determino que solo tres propuestas cumplían las condiciones exigidas en el pliego de bases y condiciones. Las tres propuestas fueron calificadas de acuerdo a los ítems previstos en la ordenanza de llamado a licitación.

La sumatoria de puntos de cada uno de los oferentes arrojo que Monica Linares, es la mejor posicionada con 9,45 puntos, mientras que Fanny Viscay tiene 9,25 y Jorge Jacobi 8,20.  Los puntajes fueron otorgados de la siguiente forma, en el caso de antecedentes empresariales o de idoneidad del oferente Linares obtuvo un punto, mientras que Viscay obtuvo 0,9 y Jacobi 0,8. En Calidad y variedad de servicio ofrecido Linares obtuvo 2,5, en tanto que 2,25 recibió Viscay y 1,50 Jacobi. En anteproyecto, calidad de materiales e inversión a realizar Jacobi y Linares obtuvieron 2 puntos y 1,8 Viscay. En Valor del Canon ofrecido Fanny Viscay alcanzó un punto, mientras que 0,9 alcanzó Jorge Jacobi y 0,8 obtuvo Linares. En la propuesta de comercialización y posicionamiento con el parador los tres oferentes alcanzaron 1,8 en la puntuación, mientras que en el ítem de resolución arquitectónica, diseño e intregración con el medio, el mayor puntaje lo obtuvo Viscay con 1,50, seguida de Linares 1,35 y Jacobi obtuvo 1,20.

Hasta el día cuatro de octubre se encontrará abierto el periodo de impugnación, que deberá instrumentarse por escrito y presentado en mesa de entrada, constando nombres, apellido, Nº de documento y fundamentación de la acción.

Finalizado el periodo de impugnación y de no haber presentaciones que acreditaran una impugnación, se sancionara la ordenanza de adjudicación, que facultara al poder ejecutivo, a elaborar el contrato definitivo con las cláusulas de manejo que determine para su efectiva puesta en funcionamiento.

 

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