Otro tribunal deberá analizar planteo contra reválida para vender alcohol

Bariloche (ADN).- La Cámara Civil y Comercial con una nueva conformación de jueces deberá analizar de nuevo el planteo realizado por empresarios locales contra una disposición de la Municipalidad por el cual los comercios debían registrarse y pagar un canon para obtener habilitación para la venta de alcohol.

El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia que hizo lugar a un recurso de apelación que presentaron comerciantes y declaró nula la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche, que había desestimado su reclamo, por lo cual dispuso reenviar la causa a la Cámara de origen para que con distinta integración dicte nuevo fallo ajustado a derecho.

La objeción de los comerciantes refiere a una resolución del ex intendente Marcelo Cascón dictada en 2010 que estableció un sistema de otorgamiento y reválida para la habilitación de la venta de bebidas alcohólicas, que consideran inconstitucional.

Consideraron que el tributo que crea esta reválida compete solo al Poder Legislativo y “violenta el principio de legalidad, resulta confiscatorio y por ello deviene inconstitucional”. Además cuestionaron la falta de publicación de la norma.

La Cámara local con el voto de los jueces Edgardo Camperi y Juan Lagomarsino, rechazan la presentación considerando que “el municipio tiene amplia facultades en materia de salud y seguridad públicas las que debe poder ejercer con amplitud”.

La Procuradora General, Liliana Piccinini, sugirió revocar esta sentencia por considerar que la Cámara “no analiza mínimamente lo que -entiende- es la cuestión sustancial de la demanda interpuesta y que consiste en la violación del principio de legalidad en materia impositiva establecido constitucionalmente”.

La titular del Ministerio Público remarcó que el tribunal en primera instancia no analiza con claridad otros aspectos del planteo realizado por los comerciantes, entre ellos no da tratamiento fundado en relación al canon único fijado por el Ejecutivo, ni realiza una evaluación respecto del canon y tributo.

En consecuencia, el juez Sergio Barotto consideró que la Cámara de Bariloche “en lo sustancial, no se pronuncia sobre ninguno de estos puntos. Menciona la ausencia de confiscatoriedad con un mera afirmación dogmática” y que tampoco indica nada respecto de las facultades tributarias del Poder Ejecutivo.(ADN)