Juez ordena a Provincia entregar alimentos a celíacos

Bariloche (ADN).– El Gobierno provincial deberá –a través de los Ministerios de Salud y Desarrollo Social- prestar asistencia alimentaría a una mujer y su hija celíacas, según dispuso la Justicia al hacer lugar a un recurso de amparo, mientras que instruyó al IPROSS a otorgar órdenes de análisis sin recurrir al sistema de reintegros.

El juez en lo Civil, Comercial y de Minería, Jorge Serra, hizo lugar en forma parcial a un recurso de amparo presentado por una afiliada, por derecho propio y en representación de su hija menor en función de que ambas padecen celiaquía, para que la obra social brinde la cobertura en el tratamiento correspondiente y en la provisión de alimentos. En el último punto, el magistrado aclaró que la obra social no actuó arbitrariamente sino que debe atender la cuestión alimentaria otros organismos.

Serra intimó a la obra social estatal a que otorgue órdenes de análisis en forma previa

Y conforme a la periodicidad indicada por los profesionales tratantes de las mujeres, y ordenó no recurrir al sistema de reintegros u otros mecanismo que impliquen que la amparista deba afrontar el costos en forma previa.

También el juez, en función del reclamo por alimentos para celíacos, ordenó la intervención de los ministerios de Salud y Desarrollo Social para que preste asistencia alimentaria a la amparista y su hija menor en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento.

Según la presentación judicial, la afiliada indicó que el IPROSS “reintegra en sumas menores a las que efectivamente abona” los tratamientos por la enfermedad.

El juez remarcó que según normativa provincial, la provisión de alimentos para celíacos que exige la demandante, no corresponde al IPROSS ya que la asistencia alimentaria queda a cargo de autoridad de aplicación por lo cual atento a la ley 3772,  considera que corresponde dar intervención a los ministerios de Salud y Desarrollo Social de la Provincia como autoridades de aplicación. (ADN)