House Vial: apelarán ante el STJ el rechazo al amparo por servicios

Abogado Oscar Pineda

Roca (ADN).- Las familias que desde hace 89 días ocupan 87 unidades de un plan de viviendas del IPPV en Roca y que forman parte de los damnificados por la denominada estafa de House Vial, adelantaron que apelarán ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro el fallo mediante el cual la Justicia rechazó «in limine» el recurso de amparo presentado para que se ordene a las empresas Edersa y Camuzzi proceder a la conexión de los servicios de energía eléctrica y gas, respectivamente.Interpretan que el juez, para denegar el pedido, se expidió sobre la cuestión de fondo, ya que consideró que los peticionantes no son ocupantes legales de los inmuebles.

El recurso de amparo había sido presentado hace un mes ante el titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 9 a cargo de José Luis Rodríguez y buscaba que «se ordene a Edersa, Camuzzi Gas del Sur, Municipalidad de General Roca y al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro que provean del suministro de electricidad y gas a las viviendas que ocupan el Plan 87 viviendas de General Roca». El martes se conoció el rechazo al amparo.

El abogado Oscar Pineda, patrocinante de los ocupantes que se encuentran procesados por usurpación en el Juzgado de Instrucción a cargo de Daniel Tobares, se pronunció respecto al rechazo al amparo y consideró que «primero es un fallo inmotivado, no contrarrestó ni siquiera los argumentos del amparo en primer lugar, lo que me llama la atención en el sentido de que puede haber alguna presión política al respecto».

«En un paso a seguir, vamos a interponer el recurso de apelación citando un precedente que se lo dijimos al juez, que ni siquiera lo leyó, de Bariloche donde precisamente lo rechazó in limine el juez de Bariloche fueron a apelación y el STJ, con esta composición, receptó favorablemente el recurso de apelación y se lo reenvió otra vez al juez porque no había hecho los informes a los organismos pertinentes, o sea en este caso a la cooperativa de Bariloche porque era también un problema de luz», adelantó Pineda .

«Acá el juez no hizo nada, lo rechazó in limine sin siquiera proveer la prueba, sustanciar la prueba o correr los informes pertinentes a Camuzzi o a Edersa, por lo tanto si aplican ese precedente que es doctrina legal obligatoria seguramente el STJ va a receptar la apelación y la va a reenviar otra vez; sí lo reenvía y vuelve al juez seguramente lo vamos a recusar porque ya se expidió sobre el fondo del asunto y veremos que juez lo va a tratar al tema», sostuvo el abogado.

«El fundamento es que el juez Rodríguez habla de que hay una ocupación ilegal, ahora él no es competente para determinar si hay una ocupación ilegal, en competente en ese caso es el juez legal. Sólo se tiene que pronunciar sobre el amparo, entonces se excedió sobre la materia», consideró Pineda. (ADN)

 

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