Empleados públicos demoraron trámites de pase a planta permanente

Roca (ADN).- Los jueces de la sala II de la Cámara del Trabajo de General Roca rechazaron la acción de amparo que presentaron seis empleados del ex Ministerio de Familia de Río Negro que pretendían desde el año 2010 pasar a planta permanente. Los magistrados roquenses consideraron que los demandantes (cinco mujeres y un hombre) demoraron más de un año los trámites y, por eso, observaron probable desinterés.Según la presentación, los agentes rindieron exámenes y, aún cuando se les ha manifestado personalmente la aprobación, restó conocer la calificación otorgada.

Pretendían superar “el estado de incertidumbre que supone un contrato con un plazo de vigencia establecido y la frustración de la opción a ser considerado dentro del régimen de ingreso del personal temporario a la planta permanente de la administración provincial”.

“A pesar de haber rendido el examen, siguen supeditados en su ingreso a planta a la firma del decreto y la posibilidad de subsistir en la transitoriedad a determinar por su titular. Si regresan a su transitoriedad y desean insistir por su pase a planta ya será en otro ámbito, como podría ser el concurso abierto”.

Como parte de las actuaciones, se dispuso el libramiento del pedido de informes a la Comisión Ejecutiva Central de Ingreso a Planta Permanente, respondiendo el abogado viedmense Ignacio Andrés Racca, apoderado para asuntos judiciales de la provincia de Río Negro, quien dijo que obtenida la medida, se cumplió con la manda, pero que la vía de amparo aparece improcedente por varias razones:

Afirmó que no se promovió juicio contencioso administrativo a fin de acceder a la jurisdicción con los recaudos de defensa en juicio, amplio debate y conocimiento pleno, remitiéndose para ello a lo que dice la misma sentencia que quedaba sujeta a la caducidad, si dentro del plazo no se daba inicio al trámite contencioso bajo la vía pertinente con el fin de resguardar derechos, ínsito en la noción de bilateralidad a la que la solución del conflicto obliga.

Agregó que la idea de daño actual, inminente y grave no puede subsistir, porque el escrito bajo responde data de diciembre/2010 y la notificación de marzo/2012, con lo que, a más de un año y dos meses de la presentación, “no puede predicarse que subsistan las nociones de irreparabilidad, urgencia y peligro en la demora”.

En esas condiciones, el funcionario entendió que “la acción deviene abstracta. No han agregado denegatoria alguna de la administración, ni acompañado acto administrativo que afecte su derecho al ingreso o reclamos instando el procedimiento, extremos que hacen presumir que la continuidad del trámite no ha sufrido obstáculo alguno”.

Racca detalló además que no se acredita el acto administrativo arbitrario o lesivo del Estado porque la admisión de paralización del proceso por más de un año, importa el consentimiento a su situación de revista en la administración pública y su sujeción a la normativa que regula el trámite de pase a planta.

Acompañó certificación de servicios de cada uno de los agentes que dan cuenta de la situación de revista y en todos los casos se encuentran con contrato de locación de servicios percibiendo la remuneración, lo que “da por tierra el argumento de encontrarse en riesgo de perder la función que estaban desarrollando y el derecho a percibir remuneraciones, con lo que no existe daño cierto, actual y concreto. La administración en un acto de buena fe prorrogó los vínculos”.

Al analizar el caso, la jueza Gabriela Gadano consideró que “la acción de amparo en los aspectos de fondo introducidos, en mi opinión, no es viable”.

Observó que la promoción del amparo es inmediata a la toma del examen, oportunidad en que la continuidad de la tramitación no estaba aún en discusión, porque “nada me permite suponer que la decisión administrativa pudiera estar concluida 15 días después de los exámenes, ni aún para aquellos que tenían su situación disciplinaria definida, de suerte tal que no se justifica la vía elegida para el reclamo”.

“Más razón da a lo dicho la circunstancia de que a partir de febrero de 2011, cuando estuvo expedito el traslado conferido, y cuanto menos, hasta el momento en que se resuelven estas actuaciones, el derecho a trabajar de los actores no ha sido puesto en riesgo”.

“Tanto es así que la notificación fue hecha oficiosamente casi un año después por el Tribunal en marzo de 2012, lo que demuestra a las claras el desinterés de los demandantes”.

Gadano compartió los conceptos de Fiscalía de Estado, cuando sostuvo que “es incompatible el comportamiento abandónico del reclamo asumido por la parte actora con la urgencia denunciada respecto de los derechos que se pretendían cautelar”. (ADN)