Ex ejecutivo bancario tiene que devolver $18,5 millones, no $4,3 millones

Viedma (ADN).- El ex director ejecutivo del frustrado Banco de la Provincia de Río Negro, Francisco José Ricciardulli, adeuda al Estado rionegrino 18.598.510 pesos y no 4.310.699 como consignó la condena –el año pasado- que le impuso el Tribunal de Cuentas.

 

Ese organismo de control había sentenciado a Ricciardull por el perjuicio al erario al otorgar en forma irregular el aval del BPRN a la insolvente empresa Coerpe SA-del grupo Traballoni- para créditos que resultaron incobrables.

 

Si bien el Tribunal estimó que el ex funcionario debía ingresar 4.310.699 pesos a las arcas oficiales, la resolución 31, del 14 de junio pasado, llevó el monto a 18.598.510 pesos.

 

La parte resolutiva consigna: Aprobar la liquidación de capital de sentencia e intereses a tasa mix (conf. STJ in re “Calfin c/Murchison”) devengados desde 31/3/1991 hasta el día 26/5/2010 e intereses a tasa activa del BNA (conf. STJ in re “Loza Longo”) devengados a partir del 27/5/2010 hasta el día de la fecha, lo que arroja, conforme los considerandos de la presente, un total actual adeudado por Francisco José Ricciardulli (DNI. 8.210.698, con domicilio constituido en calle Dorrego Nº 817 de Viedma de $18.598.510, y de aquí en más igual tasa activa hasta el efectivo pago”.

 

Se indicó que “por sentencia “JR” Nº 8/2011 de fecha 24/8/2011, este Tribunal declaró la responsabilidad patrimonial de Francisco José Ricciardulli (DNI. 8.210.698, con domicilio constituido en calle Dorrego Nº 817 de Viedma) y lo condenó al pago, en el término de 10 días de quedar firme dicho pronunciamiento, de la suma de $ 4.310.699 con más intereses a tasa mix (conf. STJ in re “Calfín c/ Murchison”) desde el 31/3/1991 hasta el día 26/5/2010; e intereses a tasa activa del BNA (conf. STJ in re “Loza Longo”) a partir del 27/5/2010 hasta su efectivo pago”.

Se hizo saber que de no verificarse por entonces el pago dentro del plazo fijado, por Secretaría se expediría testimonio de la sentencia y del auto de liquidación y que sería remitido a la Fiscalía de Estado para que se proceda al cobro del cargo por vía judicial.
Contra la sentencia, el enjuiciado interpuso el recurso de apelación previsto en el artículo 60 de la ley K 2747, que fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia.

“La sentencia del Tribunal, a la fecha, se encuentra firme y pasada en autoridad de cosa juzgada, y además, han transcurrido ya los 10 días otorgados para su pago, habiendo el condenado omitido efectivizar el cargo formulado”, puntualizó la resolución emitida el 14 de junio pasado.

“Ante tales circunstancias, corresponde, de conformidad a lo normado en los artículos 82 y 83 de la Ley K 2747, dictar el presente auto interlocutorio de liquidación y, en consecuencia, determinar la deuda que mantiene con el Estado Provincial, que asciende al día de la fecha a $ 4.310.699 por capital, con mas la suma de $ 12.684.231 por intereses a tasa mix (conf. STJ in re “Calfín c/ Murchison”) devengados desde el 31/3/1991 hasta el día 26/5/2010; con más la suma de $ 1.603.580 por intereses a tasa activa del BNA (conf. STJ in re “Loza Longo”) devengados a partir del 27/5/2010 hasta el día de la fecha, lo que arroja un total actual de $ 18.598.510”, agrega la documentación a la cual accedió ADN.