El agua es para los rionegrinos ● Magdalena Odarda

Preocupación e inquietud ha provocado la autorización de uso de agua subterránea que expidió el Departamento Provincial de Aguas a la empresa MINERA AQUILINE ARGENTINA S.A – Proyecto Calcatreu – en la zona de Lipetren, cercana a Jacobacci, Región Sur rionegrina.

Las organizaciones sociales, asambleas, pobladores y productores, que conocen las consecuencias del desarrollo de la mega minería, miran esta situación como realmente alarmante, pues el organismo parece desconocer la penosa realidad de la zona y los resultados nocivos del uso descontrolado del agua, bien vital escaso en la zona e insustituible para el ser humano. Sin duda es el Estado quien debería velar por preservarla para consumo humano, primordialmente, y para las actividades de sustento. Tal parece que esto no es así, como tampoco para el caso se tendrían en cuenta los estudios hidrológicos previos en la zona de Lipetren, del 2006, en los que no se recomienda el uso indiscriminado del agua subterránea, mucho menos aquellas cantidades que la empresa pretende extraer según sus propios informes.

 

No es una novedad la situación dramática que vive la región sur por la escasez de agua. El caso de las lagunas Carrilaufquen chica y Carrilauquen grande, es un dato llamativo y alarmante. Las mismas se encuentran a 15 km hacia el norte de la localidad de Ing. Jacobacci, y en los últimos años los vecinos y los pescadores advirtieron su notable achicamiento. La laguna chica, cuya superficie en épocas normales es de 451 hectáreas, se nutre principalmente de la cuenca del arroyo Maquinchao, que se forma por deshielo y agua de vertientes.

¿Ciclos climáticos, sequías, deterioro de mallines de la región? Es difícil saber aún el  origen de este fenómeno. A través de la ley 4664 se ha declarado la emergencia ambiental en la cuenca que comprende estas dos lagunas y se ordenó a la autoridad ambiental, en coordinación con otros organismos, investigar las causas.

La región sur se encuentra en una situación de desastre agropecuario. La ley Nº 4671 del 2011, declara este estado en los Departamentos de Adolfo Alsina, General Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu, en razón de las graves sequias y la presencia de cenizas del volcán Puyehue. El mismísimo DPA mediante resolución Nº 1755 Expediente 126898- IGRH, con fecha 5 de diciembre de 2011, ha declarado la emergencia hídrica de la Región Sur e hizo lo propio el Ente para el Desarrollo de la Región Sur, el Concejo de Jacobacci y la Cooperativa de Agua y otros Servicios Públicos de ciudad. Por esa razón y ante un eventual uso de las empresas mineras, se ha solicitado que se la declare como bien natural, común y público toda el agua dulce disponible de la jurisdicción del municipio de Jacobacci y su zona ampliada de acuerdo a la Ley de Ejidos Colindantes.

A su vez, la decisión del DPA estaría incumpliendo la ley General del Ambiente 25675 y sus principios rectores en Política Ambiental. El principio de prevención,  el principio precautorio y el principio de sustentabilidad. Si se hubieran aplicado estos principios, de ninguna manera se habría autorizado el uso de agua a la minera, pues el riesgo de dañar las reservas de agua está presente.

En relación a la participación pública, el gobierno provincial estaría incumpliendo etapas del procedimiento de Evaluación ambiental que dispone la ley 3266, y de este modo, los derechos de la población en general, incluyendo los pueblos originarios y sus comunidades respectivas, son virtualmente vulnerados.

A su vez, el Código de Aguas – ley 2952- que debe aplicar el DPA, establece medidas de protección en el caso de las aguas subterráneas: “… la Autoridad de Aplicación podrá establecer el caudal máximo de extracción, el volumen total anual y los horarios o turnos que sea necesario respetar, atendiendo a la capacidad del acuífero, su posibilidad de recarga y las necesidades del uso de que se trate.” (Art. 125). Esto es algo que, de acuerdo a la información disponible, tampoco se ha tenido en cuenta.

El espíritu del Código de Aguas, indudablemente, dispone la protección del agua para preservarla con un claro interés público, es decir, priorizando el uso de la población y sus actividades.

La extraordinaria cantidad de agua que requiere la minería que promueve el gobierno, será extraída de las entrañas de la tierra, restándola así para otros usos vitales en una región en la que escasea en forma alarmante.

El cianuro, que según Gardes, titular del DPA, tiene otras “aplicaciones”, sigue siendo para todo el mundo una sustancia altamente tóxica y muy peligrosa para el ambiente, que se puede absorber por inhalación, a través de la piel y por ingestión y puede causar la muerte.

Argumentar que la megamineria en la región sur, es «es la única manera de ofrecer empleo y progreso a la gente», es un verdadero dislate. Quienes realmente conocemos y amamos la región sur, creemos que la salida a años de postergación es el desarrollo de la ganadería en forma sustentable, de la producción de lana con valor agregado, del turismo ecológico, del desarrollo del corredor de la ruta 23, y para todo ello hace falta el apoyo del Estado. Creo también que la salida está en la imaginación de los pueblos que deben ser respetados en sus formas de vida, garantizándoles condiciones ambientales óptimas para el presente y el futuro. De nada sirven los parámetros establecidos detrás de un escritorio, sobre cómo se debe vivir y qué significa “progreso”.

 

MARIA MAGDALENA ODARDA

LEGISLADORA PROVINCIAL BLOQUE PROGRESISTA CC ARI