Confirman procesamiento de Paulo Tapia por el homicido de Barda del Medio

Barda del Medio.- La Cámara Segunda del Crimen de Cipolletti confirmó el procesamiento y prisión preventiva para Paulo Alexandro Tapia acusado del homicidio simple de David Mellao ocurrido el 2 de mayo de este año. Con los votos de los Dres. Guillermo Baquero Lazcano y César Gutiérrez Elcaráz a favor y la abstención del Dr. Pablo Repetto fue rechazado el recurso de apelación interpuesto por la defensora oficial Verónica Rodríguez. El Juez Baquero Lazcano a cargo del voto rector indicó que conforme surge del expediete Tapia fue la última persona que estuvo con la víctima. Así lo habrían manifestado testigos que lo vieron en el bar “La Morocha” en compañía de la víctima  hasta donde se habrían dirigido a pedir que le vendieran vino fiado y ante la negativa se fueron volviendo a los veinte minutos. Cambiaron un cajón con botellas de cerveza vacías por dos litros de vino que pusieron en una botella plástica dirigiéndose después hacia el sector de la pasarela donde finalmente Mellao recibió la golpiza mortal. De las actuaciones policiales surge que aproximadamente a las 3.50 de la madrugada se acercaron hasta el Destacamento 129 de Barda del Medio tres jóvenes dando cuenta de una pelea en la pasarela y al constituirse personal policial encontraron a Mellao  tirado y con el rostro ensangrentado respirando con suma dificultad.

Señalo el magistrado “se estableció, mediante la autopsia forense que la gran cantidad de golpes que recibió en la cabeza y el cuerpo fueron la causa de su muerte. El testimonio brindado por los menores en cámara gesell, valorados y citados en auto de procesamiento dan un cuadro de la brutal golpiza que sufrió Mellao, lo que es coincidente con el informe médico forense”.

El magistrado destacó que los jóvenes vieron al agresor y lo describieron en detalle determinando también el lugar hasta donde corrió a refugiarse tras el ataque a Mellao.

En igual sentido valora los fundamentos esgrimidos por el juez de primera instancia para ordenar la prisión preventiva del acusado y agrega “si bien podrá criticarse como lo hace la defensora de que no ha sido  su asistido quien amenazó a la madre de los menores con motivo de lo que declararan en la causa, no puede desconcocerse que la amenaza denunciada viene de familiares directos del propio imputado, la intranquilidad generada en los testigos atenta contra el buen curso que debe seguir la investigación y con la realización misma del juicio”.

PODER JUDICIAL