Empresas de electricidad usaban dispares criterios para denunciar las fallas

Río Colorado (ADN).- Durante los últimos 15 años las actuaciones tramitadas ante el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) a partir de denuncias de contingencias por parte de las tres empresas distribuidoras eléctricas que operan en la provincia de Río Negro por control de calidad del servicio técnico, fueron en base a “propio criterio para acreditar circunstancias de tiempo, modo y lugar de cada hecho denunciado”.

El organismo sostiene que antes había disparidad de criterios para fundamentar distintas situaciones imprevistas que afectaban al servicio de electricidad.

Ahora, el EPRE indicó que “el procedimiento orientado a demostrar que una contingencia eléctrica obedeció a un hecho ajeno y externo (fuerza mayor), primó el criterio de singularidad, seguramente avalada por usos y costumbres de cada empresa o sucursal, por sobre el de uniformidad”.

Es que el directorio del EPRE aprobó el reglamento -desde ayer plenamente vigente- para la presentación de denuncias de contingencias por parte de las distribuidoras eléctricas EDERSA, CEARC (Río Colorado) y CEB (Bariloche), con el propósito que sean excluidas de los índices de calidad del servicio técnico.

Varias normas definen en forma específica una serie de eventos calificables como casos de fuerza mayor en el contexto del control de la calidad del servicio técnico y también algunos aspectos procedimientales vinculados a la modalidad de las presentaciones de denuncias de los hechos ante el EPRE.

Los casos de fuerza mayor son los corte ordenados o autorizados por el EPRE, los producidos por fenómenos meteorológicos imprevisibles que superan magnitudes registradas o conocidas o cuando las temperaturas o velocidades del tiempo superen ciertos límites, cortes derechos de acciones por parte de personas o generados como consecuencias de fenómenos derivados de las cosas.

Para el organismo, la disparidad de criterios se vio reflejada en la selección de medios probatorios acompañados, en la forma (presentaciones realizadas en forma directa ante el EPRE) y en los plazos de formulación de la denuncia de contingencias.

“La ausencia de una reglamentación que unificara los requisitos de forma y ordenara la presentación de medios probatorios conducentes para evaluar si los hechos denunciados debían ser calificados como de fuerza mayor fomentó esta disparidad de criterios por parte de cada distribuidora eléctrica”, indicó el EPRE a través de una extensa resolución difundida ayer oficialmente, a la cual accedió ADN.