Reforma política K dejará sólo cuatro partidos en Río Negro Imprimir E-Mail
 

ImageViedma (ADN).- Si el Congreso Nacional aprueba sin modificaciones el proyecto de reforma política presentado por el Poder Ejecutivo Nacional, en la provincia de Río Negro quedarían  habilitados para funcionar sólo cuatro partidos distritales: UCR, PJ, FG y PPR. Perderían su  personería 11 partidos “chicos” que directamente  no podrían participar en elecciones nacionales.

El proyecto del PEN que modifica la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Nº 23.298) establece un “artículo 7° bis. que estipula que para conservar la personería jurídico-política, los partidos políticos deben mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados ”equivalente al cinco por mil (5‰) requerido para el reconocimiento y mantenimiento de la personalidad de los partidos políticos”.

 

En  Río Negro –según datos oficiales de la Cámara Nacional - hay 15 partidos políticos distritales, pero sólo cuatro alcanzan el 5 por mil que establece el proyecto oficial  como requisito para que una agrupación política se mantenga.

 

En la provincia hay 412.269 electores. De esa cifra el 5 por mil es 2.061. Si un partido no cuenta con este número de afiliados – según el proyecto – no mantiene su personería política distrital. Así, quedarían afuera el PS, ARI, MPP, MPU, PDC, MID, PH, PO, PI, PC y PDP, porque ninguno de ellos llega al mínimo que establece el proyecto de ley.

 

 

Partidos que logran el porcentaje de afiliados para funcionar

 

PARTIDO

DISTRITO

AFILIADOS

ACTUALES

UCR

49.302

PJ

39.778

FG

6.832

PPR

3.321

 

 

Partidos que no alcanzan el 5 por mil para seguir funcionando

 

PARTIDO

DISTRITO

AFILIADOS

ACTUALES

PS

1793

ARI

1.572

MPP

1.496

MPU

1.468

PDC

1.195

PH

951

PO

873

MID

690

PI

584

PC

238

PDP

199

 

 

Otro aspecto de la reforma  que también afectaría a los partidos “chicos” es  la modificación  del artículo 50 del Título VI, de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298, donde se establece que si un partido  no alcanzar en dos (2) elecciones nacionales sucesivas un número de votos igual o superior al 3 por ciento (3%) del padrón electoral del distrito que corresponda” entra en causal de  caducidad y extinción.

 

Según los resultados electorales desde el año 2005 hasta la fecha, este requisito afectaría a los partidos Comunista, Humanista  y Obrero que en las tres últimas elecciones, en el 2005, en el 2007 y en el 2009 no alcanzaron este mínimo de 3 por ciento.

 

La reforma oficial establece además  que  en  caso de declararse la caducidad de la personería política de un partido reconocido, en virtud de las causas establecidas en la  ley, podrá ser solicitada nuevamente, a partir de la fecha de su caducidad y luego de celebrada la primera elección nacional, cumpliendo con lo dispuesto en el Título II, previa intervención del Procurador Fiscal Federal.

 

Sin embargo, el partido extinguido por sentencia firme “no podrá ser reconocido nuevamente con el mismo nombre, la misma carta orgánica, declaración de principios, programa o bases de acción política, por el término de seis años, a partir de la fecha de la sentencia”. (ADN)





 


04-11-2009 09:12
04-11-2009 09:12. DERECHOS RESERVADOS. Permitida la reproducción total o parcial del artículo sólo citando la fuente .



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